Estructura

El Pleno

El Pleno es el órgano que encara la voluntad municipal y está integrado por todas las Concejalías. Le corresponde, según el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local , tanto potestad normativa, como potestad de control sobre el resto de órganos municipales, potestades organizativas, potestad de índole financiera y facultades en materia procesal.

El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde o Alcaldesa y la Junta de Gobierno Local, aun así han atribuciones que no son posibles como por ejemplo el control y la fiscalización a los órganos de gobierno o la aprobación inicial del planeamiento general.

Las sesiones ordinarias del Pleno se celebran con carácter bimestral.

ALCALDE O ALCALDESA

La alcaldía ostenta el cargo de Presidencia de la Corporación, elegida por y entre los y las regidoras en la sesión constitutiva del Ayuntamiento.

Las competencias de la alcaldía están delimitadas en el artículo 21 de la Ley de Bases del Régimen Local. Entre otros: representar el ayuntamiento, nombrar los y las Tenientes Alcaldes, dirigir el gobierno y la administración municipal, dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y las obras municipales, convocar y presidido las sesiones del Pleno, Junta de Gobierno y otros órganos colegiados de ámbito municipal, contratar dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento, desarrollar la gestión económica de acuerdo con el presupuesto en vigor, ejercer la potestad sancionadora, ejercer acciones judiciales y administrativas en defensa del Ayuntamiento también en materias de su competencia y dictar órdenes, circulares o instrucciones.

Delegaciones de las diferentes concejalías y alcaldía:

Alcaldía y concejalías de Urbanismo, Obras Públicas, Comisión de cuentas, Contabilidad y recaudación: Francisco Javier Molines Sifre.

Personal a cargo

1º Teniente Alcalde y concejalías de Empleo y ocupación, tercera edad, cementerio y residentes extranjeros: Ángel Alfonso Miñarro Tomás.

Personal a cargo: 

Concejalías de  Fiestas, juventud y recursos humanos: Vicente Molines Ruiz.

Personal a cargo: 

Concejalías de Educación, deporte y normalización lingüística: Albert Pont Pont.

Personal a cargo: 

Concejalías de Hacienda, sanidad e igualdad: Teresa Olivia Vila Más.

Comité de dirección

El Comité de Dirección es un órgano colegiado de asistencia a la Alcaldía e integrado por los regidores miembros del equipo de gobierno. Se reunirá a requerimiento de la Alcaldía sin necesidad de convocatoria. Tiene como funciones:

  • La definición de la naturaleza y grado de los objetivos a conseguir.
  • Planificación de la política estratégica del Ayuntamiento para la consecución de los objetivos.
  • Elaboración del plan de actuación municipal.
  • Dirigir la organización de la entidad.
  • Controlar el grado de consecución de los objetivos.
  • La existencia de este órgano complementario será potestativa según el modelo de gobierno diseñado por la Alcaldía-Presidencia. Se creará y sus miembros serán nombrados al inicio del mandato corporativo mediante decreto organizativo del alcalde-presidente.

Entidades y órganos externos

Los miembros de la corporación, propuestas por la alcaldía, que representarán a los órganos colegiados siguientes son:

  • Titular Federación Municipios: Javier Francisco Molines Sifre.
  • Titular plan zonal residuos: Javier Francisco Molines Sifre.
  • Titular Consorcio Provincial de Bomberos: Javier Francisco Molines Sifre.
  • Vocal Tit. Mancomunidad Servicios Sociales “Marina Baixa”: Javier Francisco Molines Sifre.

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